STS 159/2026: bonus, incapacidad temporal y discriminación por enfermedad

La STS 159/2026, de 12 de febrero, relativa al convenio colectivo de Mercadona, es una resolución útil para estudiar cómo opera la prohibición de discriminación por razón de enfermedad en materia retributiva.

Según la resolución publicada en el BOE por la Dirección General de Trabajo, el Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por la Confederación Intersindical Galega contra determinados preceptos del convenio colectivo de Mercadona.

La clave práctica

El interés para estudiantes de RRLL y RRHH está en distinguir entre una regulación retributiva ordinaria y una cláusula que, por su diseño, puede excluir o perjudicar a personas trabajadoras por situaciones de incapacidad temporal vinculadas a enfermedad.

La Ley 15/2022 introdujo un marco especialmente relevante para analizar tratamientos desfavorables por razón de enfermedad o condición de salud. Por eso, las cláusulas de bonus, objetivos o permanencia deben revisarse no solo desde la lógica empresarial, sino también desde la igualdad y la no discriminación.

Por qué debe importarte

En asesoría laboral y recursos humanos, las políticas retributivas mal diseñadas pueden acabar en conflicto colectivo. El caso recuerda que un convenio no se interpreta en el vacío: debe encajar con derechos fundamentales, igualdad y normas antidiscriminatorias.

Fuente consultada: BOE, Resolución de 6 de marzo de 2026.