STC 24/2026: esquirolaje tecnológico y derecho de huelga en Metro de Sevilla

La STC 24/2026, de 12 de marzo, analiza una cuestión especialmente actual: cuándo el uso de medios técnicos u organizativos durante una huelga puede vulnerar el derecho fundamental reconocido en el art. 28.2 de la Constitución.

El caso se refiere al despliegue de trenes de mayor capacidad durante una jornada de huelga en Metro de Sevilla. El Tribunal Constitucional aprecia que esa medida empresarial neutralizó el efecto de la huelga y lesionó el derecho fundamental.

La clave práctica

El esquirolaje tecnológico no exige necesariamente sustituir trabajadores por otras personas. También puede producirse cuando la empresa utiliza medios técnicos, productivos u organizativos de forma extraordinaria para reducir artificialmente el impacto de la huelga.

Para RRLL y RRHH, la sentencia obliga a mirar la gestión de huelga con mucho cuidado. No todo ajuste operativo es ilícito, pero una medida extraordinaria dirigida a vaciar de eficacia la huelga puede tener relevancia constitucional.

Fuente consultada: BOE, STC 24/2026.